El asilo es una forma de protección que permite permanecer en Estados Unidos a las personas que ya se encuentran en el país, o que llegan a un puerto de entrada, porque temen ser perseguidas en su país de origen. Law Offices of Albert Goodwin, PLLC representa a solicitantes de asilo de la ciudad de Nueva York y de los condados de Nassau, Suffolk y Westchester, así como de todo el país. El abogado Albert Goodwin ayuda a sus clientes a preparar solicitudes sólidas y bien documentadas, y los prepara para las preguntas que tendrán que enfrentar.
Los casos de asilo dependen de la credibilidad, el detalle y la corroboración. Una solicitud que puede ser completamente cierta aún puede ser negada si se presenta de manera deficiente o demasiado tarde. La preparación cuidadosa marca la diferencia, y un abogado con experiencia puede ayudarle a contar su historia de una manera que cumpla con el estándar legal.
Para calificar para el asilo, usted debe demostrar que no puede o no está dispuesto a regresar a su país debido a una persecución pasada o a un temor bien fundado de persecución futura. Esa persecución debe basarse en uno de los cinco motivos protegidos: raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular. La frase “grupo social particular” abarca categorías como la familia, la orientación sexual, los reclamos basados en el género y otros grupos que comparten una característica común e inmutable.
También debe demostrar que el gobierno de su país es la fuente del daño, o que el gobierno no puede o no está dispuesto a protegerle de actores privados que le amenazan. Un temor general a la delincuencia, la guerra o la pobreza, sin conexión con un motivo protegido, por lo general no califica por sí solo.
Existen dos caminos hacia el asilo. El asilo afirmativo lo presenta ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos una persona que no se encuentra en proceso de remoción. El solicitante presenta el Formulario I–589 y posteriormente se le programa una entrevista no adversarial en una oficina de asilo de USCIS. Si el oficial no aprueba el caso y el solicitante no tiene otro estatus legal, el asunto generalmente se remite a la corte de inmigración.
El asilo defensivo se plantea como una defensa contra la remoción ante un juez de inmigración en la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración. Las personas en proceso de remoción, incluidas muchas que fueron detenidas en la frontera, presentan su reclamo ante un juez que escucha el testimonio y revisa la evidencia. Si usted enfrenta la corte, nuestro abogado de defensa contra la deportación y la remoción puede presentar su reclamo de asilo como parte de una estrategia de defensa más amplia.
En la mayoría de los casos, usted debe solicitar el asilo dentro del año posterior a su última llegada a Estados Unidos. No cumplir con este plazo puede impedir su reclamo por completo, por lo que es importante actuar con rapidez. Existen excepciones por circunstancias cambiantes que afectan su elegibilidad, como nuevas condiciones en su país de origen o un cambio en su propia situación, y por circunstancias extraordinarias que impidieron la presentación a tiempo, como una enfermedad grave o la asistencia legal previa ineficaz. Si aplica una excepción, aún debe presentar la solicitud dentro de un plazo razonable.
El Formulario I–589 es la solicitud de asilo y de retención de remoción. El formulario en sí es solo la estructura. El corazón de un caso sólido es una declaración escrita detallada en la que usted describe lo que le sucedió, quién le hizo daño, cuándo y dónde ocurrió, y por qué cree que fue señalado como objetivo. Las declaraciones vagas o inconsistentes socavan la credibilidad, mientras que un relato específico y coherente la respalda.
La evidencia corroborativa fortalece la declaración. Esto puede incluir expedientes médicos, denuncias policiales, artículos de prensa, informes sobre las condiciones del país, fotografías, mensajes amenazantes y declaraciones juradas de testigos o familiares. Trabajamos con los clientes para reunir lo que está razonablemente disponible y para explicar cualquier evidencia que no se pueda obtener.
En una entrevista afirmativa, un oficial de asilo formula preguntas bajo juramento para evaluar la coherencia y la verosimilitud de su relato. En la corte, un juez de inmigración y un abogado del gobierno examinan su testimonio. En ambos contextos, la preparación es fundamental. Revisamos su declaración con usted, anticipamos preguntas difíciles y gestionamos un intérprete calificado cuando es necesario, para que nada se pierda en la traducción.
Los solicitantes de asilo pueden solicitar autorización de empleo después de que su solicitud haya estado pendiente durante un período de espera requerido, siempre que no haya demoras atribuibles al solicitante. Un permiso de trabajo le permite mantenerse a sí mismo y a su familia de manera legal mientras espera una decisión, lo cual puede tardar mucho tiempo dada la acumulación actual de casos.
La concesión de asilo le permite permanecer en Estados Unidos y trabajar. Su cónyuge y sus hijos solteros menores de veintiún años pueden incluirse como derivados si los enumera, y usted puede solicitar que quienes están en el extranjero se reúnan con usted. Un año después de que se concede el asilo, puede solicitar convertirse en residente permanente legal. Nuestro abogado de green card puede guiarle a través de ese ajuste.
Si usted no califica para el asilo, aún pueden estar disponibles dos formas de protección relacionadas. La retención de remoción aplica cuando es más probable que no que usted enfrentaría persecución, y la protección bajo la Convención contra la Tortura aplica cuando es más probable que no que usted sería torturado. Estas formas de alivio no conducen a una green card y conllevan una carga de prueba más alta, pero pueden evitar su regreso al peligro. Las personas que temen regresar pero aún se encuentran en el extranjero deberían considerar una solicitud de refugiado en su lugar.
El abogado Albert Goodwin prepara el I–589, redacta y perfecciona su declaración, reúne la evidencia corroborativa y le representa en la entrevista o en la corte. Tratamos cada historia con cuidado y construimos el expediente que su caso necesita.
Llámenos al 212-233-1233 o envíe un correo a email@immigrationlawofficeny.com para conversar sobre su caso de asilo con un abogado de inmigración de Nueva York.